LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL FUE "INNECESARIA"
Violar e-mails es delito penal
La Justicia ratificó que la violación al correo electrónico es equiparable al epistolar. La norma prevé penas de 15 días a 1 año de prisión.
30.06.2008
La Cámara del Crimen volvió a ratificar que la violación de un e-mail es un delito y declaró que la reforma que promulgó el Poder Ejecutivo al Código Penal fue innecesaria por estar ya contemplado el delito en la antigua legislación.Los jueces Juan Cicciaro, Abel Bonorino Peró y Rodolfo Pociello Argerich, de la Sala Séptima de la Cámara, revocaron un fallo de la jueza en lo correccional Ana Díaz Cano, quien sostenía que la conducta investigada no constituía delito.“El correo electrónico, en tanto se trata de un medio que amplía la gama de posibilidades que brindaba el correo tradicional, resulta equiparable al epistolar”, argumentaron los jueces. La ley, que modifica el artículo 153 del Código Penal, reprime con prisión de 15 días a seis meses a quien "abriere o accediere indebidamente a una comunicación electrónica, una carta, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, que no le esté dirigido, o se apoderare indebidamente" de esos elementos.Si, además de leerlo, "comunicare a otro o publicare el contenido de la carta, escrito, despacho o comunicación electrónica", la pena se duplicará y será de entre un mes y un año.
extraido de www.criticadigital.com
martes, 15 de julio de 2008
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